Acción de abortar; interrupción natural o artificial del embarazo; ser abortado. En medicina, la finalización espontánea o inducida del embarazo antes de que el feto haya alcanzado el desarrollo suficiente como para poder vivir después de su nacimiento (abortamiento); el feto dotado de un desarrollo incompleto que procede de la interrupción de un embarazo, en particular aquél cuyo peso es inferior a 500 g (aborto fetal; abortivo). En España, desde 1985, el aborto provocado entre las 12 y 22 primeras semanas del embarazo no es punitivo en tres supuestos: terapéutico (peligro para la salud de la madre), ético (violación) y eugenésico (malformación del feto). Para los demás casos persisten varias penas de reclusión, según la asistencia de causas atenuantes (evitar la deshonra) o agravantes. En botánica, el estacionamiento en el desarrollo de un órgano después de su diferenciación parcial; el ovario del centeno, por ejemplo, queda abortado por la enfermedad del cornezuelo. Se aplica principalmente a la falta de fecundidad en la flor, por diversas causas (corrimiento); compara atrofia (J. del C.).