Se dice de la dote en el caso de que la mujer conserve el dominio de los bienes, háyanse o no evaluado, quedando el marido obligado a restituir los mismos bienes.
Visitas: 590
Se dice de la dote en el caso de que la mujer conserve el dominio de los bienes, háyanse o no evaluado, quedando el marido obligado a restituir los mismos bienes.