Del lat. innocentĭa, f. Der. Teol.

Condición de inocente; sencillez, falta de malicia: término en desuso, equivale a inocencia. En derecho, exención de culpa en un delito finalmente fue probada la inocencia del acusado. En teología, estado de las personas antes del pecado original, que se hallan libres de culpa o pecado, en el cristianismo.