El modo de juzgar sobre una cuestión, concepto que se forma o se tiene de una cosa cuestionable; confiere juicio, consideración, pensamiento. En derecho, si es de carácter técnico o pericial, se dice dictamen; informe es la exposición de un dictamen: juicio, sentir, convencimiento y criterio coinciden con opinión en que pueden callarse o expresarse: «Se tiene la opinión, se da el parecer o el dictamen. Aquélla sólo explica el juicio que se forma en un asunto en que hay razones en pro y en contra; estos explican la exposición de la opinión. Tiene su opinión, pero la calla: doy mi parecer o mi dictamen con arreglo a mi opinión (José López de la Huerta)». «La opinión es el juicio que se forma sobre cualquier objeto o asunto. El parecer es la opinión que resulta de un examen detenido. El dictamen es el parecer del hombre de carrera, de facultad o de ciencia. Voto es la decisión del que está autorizado a darlo. Se dice: la opinión del público; obró con arreglo al parecer de sus amigos, o según el dictamen del abogado o del médico; el voto de un académico o de un senador. Ocurre un hecho grave, y la opinión pública lo califica (José Joaquín de Mora)». En medicina (y derecho), la opinión (dictamen o juicio que se forma de algo cuestionable) es la valoración del tribunal, habitualmente por escrito, sobre los argumentos que apoyan su decisión o juicio en un caso particular. También la valoración preparada por un abogado para su cliente que representa la interpretación que hace el abogado de la ley cuando pertenece a una cuestión legal planteada por el cliente.