Regla de acción impuesta por una autoridad superior o condición establecida para un acto particular. Se aplica a la regla y norma constante e invariable de las cosas, nacida de la causa primera o de las cualidad y condición de la misma. En sociología, la línea de conducta que regula cualquier actividad social y que no ha sido impuesta por ningún legislador. Se aplica a la línea de conducta basada en el interés individual, sin respetar el interés ajeno. En derecho, regla establecida o norma establecida por una autoridad superior para mandar, prohibir o regular alguna cosa. Es la principal fuente escrita del derecho positivo. Sus características son: 1.º Que se dicta por el poder legítimo de una comunidad política. 2.º Que su destinatario es esta misma comunidad. 3.º Que su observancia se impone coactivamente. En el régimen constitucional, disposición votada por las Cortes y sancionada por el jefe del Estado.